Séptima Sesión: Se endurecen las multas para quienes incumplan los protocolos de seguridad

Hoy se llevó a cabo la séptima Sesión Ordinaria, primera tras el receso invernal. Los ediles abordaron diversas temáticas e incluso adelantaron varios proyectos legislativos que serán analizados en las comisiones correspondientes. Para destacar, la Presidenta del Concejo invitó a la comunidad a sumarse a la clásica «Velada de Gala» la cual será transmitida por el canal de YouTube del Concejo Deliberante de Puerto Madryn. Entre los proyectos más destacados, se votó la actualización de las multas para quienes no respeten los protocolos de bioseguridad relativos a la prevención del Covid-19. La votación fue dispar: 7 votos afirmativos del oficialismo; 4 negativos (Concina-Garay-Duarte-Mancilla); una abstención de Domínguez.

En consecuencia, el incremento quedó estipulado de la siguiente manera:

Artículo 1º:    “Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal, Policía de la Provincia del Chubut, Policía Federal Argentina, Prefectura Naval Argentina, Gendarmería Nacional, y a la Agencia Provincial de Seguridad Vial, a efectuar infracciones con imposición de multa conforme la siguiente tipificación y escala:

  • Multa de entre 515 Módulos B y 5154 Módulos B, conforme gravedad a determinar por el Tribunal de Faltas Municipal, aplicables a los vehículos que se utilicen en infracción de las restricciones de circulación.
  • Multa de entre 257 Módulos B y 7732 Módulos B, conforme gravedad a determinar por el Tribunal de Faltas Municipal, aplicables a los comercios y empresas que violaren las restricciones comerciales.
  • Multa de entre 1031 Módulos B y 5154 Módulos B, conforme gravedad a determinar por el Tribunal de Faltas Municipal, aplicables a las viviendas u otros inmuebles donde se realizaren encuentros sociales, o de otro tipo, en infracción al Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.

Las faltas enumeradas en el presente Artículo son de orden administrativo, en paralelo se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los Artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal de la Nación Argentina.” 

Por otro lado, por unanimidad, los ediles acompañaron la iniciativa para fomentar el comercio turístico. Así se resolvió adherir a la Resolución N° 194/20 APN-MTYD del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación, que autoriza a los agentes de viajes a funcionar mediante la modalidad de “Local Virtual”.

  • Artículo 2º: Autorizar a los agentes de viajes que opten operar bajo la modalidad de “Local Virtual” hasta el 31 de diciembre del 2020.-
  • Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de Rentas, dependiente de la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Puerto Madryn, deberá emitir el correspondiente certificado de autorización, para operar como “Local Virtual”.
  • Artículo 4º: Establecer que las agencias de viajes deberán exhibir en el sitio web el Certificado de Habilitación Municipal y el Certificado de autorización para operar como “Local Virtual”.
  • Artículo 5º: El funcionamiento que realicen los agentes de viajes en sus locales virtuales, será controlado y fiscalizado por la Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Turismo.

Podés repasar la Sesión:

 

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